En los dos artículos anteriores sobre la
declaración de la Renta 2011, explicaba algunas de las novedades para esta campaña.
Ahora bien, debido a la expectativa que está creando el nuevo servicio de RENO,
en este artículo voy a intentar aclarar algunas de las dudas más frecuentes y a
la vez, según mi propio criterio, más necesarias para el contribuyente, en
relación al borrador y el RENO.
Servicio RENO para obtención referencia ¿Qué es exactamente y para qué
sirve?
Como principio hay que saber que este servicio se
utiliza para solicitar y recibir un número de referencia, con el que poder
obtener el borrador o los datos fiscales, además la Agencia Tributaria
mediante el RENO agiliza la labor del contribuyente que no quiere esperar a
recibir el borrador por correo y desea cuanto antes confirmar, modificar o
simplemente visualizar el borrador o datos fiscales, así como para los
individuos que nunca realizaron la declaración, es decir, nuevos
contribuyentes.
Además, con el número de referencia que nos indica el RENO, podemos
descargar los datos fiscales al programa PADRE, si utilizamos esa vía;
presentar la declaración por internet; o consultar el estado de la declaración,
además de poder concertar cita previa para modificar el borrador o confeccionar
la declaración por los servicios de la Agencia Tributaria.
Por tanto, si no quieres esperar a que te llegue el borrador a tu
domicilio, o no quieres arriesgarte a que eso no ocurra, puedes utilizar este
servicio que te ofrece la Agencia Tributaria, para ello solo debes entrar en la
página www.agenciatributaria.es, desde el 10 de abril al
2 de julio de 2012.
Una vez dentro de la página web citada, hay que ir a RENTA2011, y posteriormente
pulsar un icono amarillo que indica lo siguiente “obtenga ya el borrador RENO”.
Vas rellenando todos los datos que te irán pidiendo, y listo. En unos momentos
recibirás un mensaje a tu teléfono móvil con el número de referencia.
Novedad: solicitud de
cuenta corriente para nuevos contribuyentes
Normalmente la Agencia Tributaria nunca solicitaba vía internet los datos
de las cuentas bancarias de los contribuyentes, hecho que publicaba para evitar
fraudes en su nombre. Ahora bien, este año sí se pedirá el número de cuenta
corriente a los nuevos contribuyentes que soliciten el número de referencia
mediante el RENO.
Sin embargo, pese a ello aconsejaría se siga un cuidado especial sobre
posibles emails fraudulentos que pudieran llegar a la bandeja de entrada de
nuestros correos. La Agencia nos lo pide en su página web segura y no mediante
email, esto tiene que quedar claro para evitar caer en fraudes.
Dudas sobre el borrador de la declaración de la Renta
¿Van a seguir enviando por correo borradores?
- Sí, lo que ocurre que este año existe la posibilidad, como he indicado antes, de tener acceso al borrador desde el 10 de abril, mediante RENO. En el caso de utilizar este servicio y visualizar el borrador o datos fiscales, ya no se enviará al domicilio. Obviamente tampoco se enviarán por correo los borradores o datos fiscales a los contribuyentes que en la declaración de renta de 2010, hubieran solicitado expresamente su puesta a disposición por internet, que se hacía marcando la casilla 112.
Por tanto, no se enviará borrador a los contribuyentes que:
- marcaron la casilla 112 en la declaración del 2010
- visualicen por internet con firma electrónica
¿Por qué hay personas que reciben solo los datos fiscales y no el borrador?
Hay contribuyentes que no pueden recibir el borrador porque no se ajustan
a los perfiles para ello. Por ejemplo no se les confeccionará borrador a los
profesionales, empresarios, agricultores, ganaderos, a los que tengan algún
inmueble arrendado o los que reciban rentas básicas de emancipación.
Según el artículo 98 de la Ley de Renta, podrán solicitar borrador los
contribuyentes que sus rentas procedan exclusivamente de las siguientes
fuentes:
- rendimientos de trabajo, del capital mobiliario y las ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta, así como las subvenciones para la adquisición de vivienda habitual. En el caso de obtener rentas inmobiliarias, solo se les confeccionará borrador a los que tengan como máximo dos inmuebles.
¿Existe protección de datos en caso de separación conyugal?
Efectivamente, la Agencia Tributaria no emitirá número de referencia para
poder obtener el borrador o los datos fiscales, al titular de una declaración
conjunta que se ha individualizado por motivo de una separación.
Además de esto, existe la posibilidad de inhabilitar el acceso al Servicio
RENO, si se solicita expresamente en la Delegación o Administración de la
Agencia Tributaria correspondiente.
Plazos para los diferentes trámites del borrador
Plazos para presentar un borrador a ingresar si domicilias el pago:
- del 10 de abril al 27 de junio. Si no lo domicilias: del 10 de abril al 2 de julio.
Plazos para presentar un borrador a devolver:
- del 10 de abril al 2 de julio de 2012, si lo haces por internet, SMS, teléfono, cajeros automáticos o banca no presencial.
- del 3 de mayo al 2 de julio de 2012, si lo haces por Entidades Colaboradoras o en las oficinas de la Agencia Tributaria.
Por otra parte, la Agencia Tributaria informa que el servicio de
confirmación del borrador seguirá disponible en internet hasta el 31 de marzo
de 2013 para las declaraciones fuera de plazo.
Hasta aquí algunas de las dudas más frecuentes sobre el borrador y la nueva
aplicación RENO, no obstante si han quedado algunas sin despejar, e
independientemente de posibles futuros artículos en este blog sobre el tema y
las cuestiones que queráis plantear en comentarios, os dejo el enlace a la web
de la Agencia Tributaria donde se encuentra todo tipo de información a este
respecto: www.agenciatributaria.es
Lola Sancho Cabrera
Lola Sancho Cabrera
buenas tardes Lola tengo una duda el borrador me sale a devolver me dice que meta el numero de cuenta y despues de hacerlo me pone asignacion tributaria a favor de: iglesia catolica fines sociales ambos o ninguno. mi pregunta es si le doy a ninguno me lo asignaran a mi no? lo digo por si acaso puede resultar una pregunta tonta pero no me fio! un saludo y gracias
ResponderEliminarNo, si no asignas nada, se reparte. En realidad el contribuyente nunca paga nada de esa cantidad. Se destina un pequeño porcentaje para la Iglesía Católica o para fines sociales, tomando en cuenta la cuota, pero el contribuyente no paga nada de esa cantidad. O sea, si te sale a devolver, no te devolverán menos, y si te sale a pagar, no pagarás más. ¿No sé si te he contestado a la pregunta? Cualquier otra duda me lo haces saber.
ResponderEliminarSaludos,
Lola
el año pasado realize obrs en mi casa, lo debo declarar, donde, y que cantidad la total con iva o sin el, gracias
ResponderEliminarTodas las obras no deducen, primero tendría que saber el tipo de obras que realizaste. Deben de ser obras de mejora en la eficiencia energética, higiene, salud, protección de medio ambiente, seguridad. etc. Mejor dime el tipo de obras y te digo si puedes o no deducírtelas.
ResponderEliminarSaludos,