jueves, 30 de diciembre de 2010

Tabaco. Nueva Ley para 2011. Dejar de fumar, más cerca



Lola Sancho Cabrera

A partir del año 2011 puede resultar difícil fumar, ya que entrará en vigor la nueva ley antitabaco y con ella la prohibición de fumar en locales cerrados.

Prohibición de fumar


Muchas son las personas que reiteradamente deciden dejar de fumar e irremediablemente vuelven a consumir el terrible tabaco que, según sanidad, les está quitando la vida.

Estos sujetos que tienen en mente durante mucho tiempo abandonar el vicio de fumar sin conseguirlo, se están cuestionando si con la ayuda de la nueva ley podrán hacerlo de una vez por todas, ya que al surgir más inconvenientes, como parece que va a ser, pueden servirles como incentivo y ayuda al abandono definitivo del vicio en cuestión.


Tabaco, salud y protección a terceros en la nueva ley

La proposición de ley por la que se modifica la Ley 28/2005, de 26 de diciembre de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, en su exposición de motivos dice lo siguiente:

“transcurridos más de cuatro años de aplicación de la ley es patente….la necesidad de avanzar en la protección de la salud de los ciudadanos ampliando la prohibición de fumar a espacios públicos cerrados y colectivos.”

Más adelante destaca el beneficio que conllevará esta nueva ley, especialmente, a dos grupos de población.

“…Por un lado, el de menores, grupo especialmente sensible de población que está expuesto al humo del tabaco en los lugares públicos cerrados. Por otro lado, el de trabajadores del sector de la hostelería que…están expuestos al humo de tabaco ajeno. Esto provoca una situación de agravio a estos trabajadores que es preciso corregir…”



El tabaco, principal causa de enfermedad y muerte evitable

Según la Organización Mundial de la Salud el tabaco es la primera causa de invalidez y muerte prematura del mundo, y concretamente en Europa el tabaquismo provoca cada año 1,2 millones de muertes.

La Agencia Internacional de Investigación sobre el Cáncer, dice que entre los carcinógenos presentes en el humo ambiental, están las nitrosaminas, el alquitrán o los benzopirenos, además de arsénico, cadmio, cloruro de vinilo, cromo y otros más.

Asimismo, ha declarado que el humo ambiental del tabaco es un agente cancerígeno y el principal contaminante de los espacios cerrados.

Por su parte, la Asociación Española Contra el Cáncer informa que 4.000.000 de personas mueren cada año por fumar. Además indica que el tabaco es una droga que produce más dependencia en quien la consume que la heroína o la cocaína, y que disminuye tanto la calidad, como la cantidad de vida. Concretamente, el 50% de las personas que fuman morirán como consecuencia del tabaco.

En relación al tabaquismo pasivo dice que no es solo un problema de convivencia, ya que el riesgo de padecer cáncer broncopulmonar se incrementa en un 35% en los fumadores pasivos.



Niños y el humo ambiental del tabaco

Según una noticia publicada en la página web de la Fundació RogerTomé, en mayo de 2010, se dice que la OMS considera que la exposición involuntaria y dañina que sufren los niños por la exposición pasiva al humo de tabaco ambiental, puede ser considerada como una violación de los derechos recogidos en la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño.

En lo concerniente a España la prevalencia de tabaquismo pasivo en los niños es superior al 50%.



Nueva ley antitabaco para 2011 en España, diferencias con la anterior

 El objetivo fundamental de la propuesta de reforma es ampliar la prohibición total de fumar en todos los espacios públicos cerrados, aunque se mantendrá la posibilidad de fumar en espacios públicos abiertos, como terrazas o estadios deportivos. En lo que respecta al articulado recoge, entre otros, los siguientes cambios:


 •Se añade un nuevo apartado 7 al artículo 3. Que habla de las condiciones de etiquetado y contenidos de los productos del tabaco.

•Se modifica el primer párrafo del apartado b del artículo 4. Que se refiere a la ubicación de las máquinas expendedoras de productos del tabaco. Especificando que solo podrán ubicarse en el interior de quioscos de prensa situados en la vía pública o en el interior de locales, centros o establecimientos en los que no esté prohibido fumar y en los locales específicos de venta de prensa con acceso directo a la vía pública, entre otros.

•El artículo 6 queda redactado de esta forma: “El consumo de productos del tabaco deberá hacerse exclusivamente en aquellos lugares o espacios en los que no esté prohibido”.

•En el artículo 7, que habla de los lugares en que existe la prohibición de fumar, se añaden varios apartados que se refieren a: hoteles, hostales, bares, restaurantes, salas de teatro y cine, entre otros. No obstante, en el caso de los hoteles, dice en su artículo 8 que se podrán reservar hasta un 30% de habitaciones para huéspedes fumadores.

•El artículo 20 que trata sobre las sanciones, cambia el apartado 1 regulando unas multas que van desde los 30 euros hasta 600 euros, en el caso de las infracciones leves; 601 euros hasta 10.000 euros, las graves, y desde 10.001 euros a 600.000 euros las muy graves.

Según noticia de elmundo.es, la mortalidad por tabaquismo se redujo en España desde que existe la ley antitabaco y recoge las declaraciones de un miembro de los coordinadores del grupo de trabajo sobre tabaquismo de la SEE que declara:

“Estamos convencidos de que la ley ha ayudado a reducir la mortalidad…”.


Así pues, parte de la sociedad, tanto fumadores como no, están esperanzados en que la vigencia de la nueva ley, con el endurecimiento de las prohibiciones de fumar, consiga descender el número de muertes por causa del tabaco, entre otras cosas, por la posible ayuda a reforzar la voluntad de abandonar el vicio, así como la reducción de niveles de nicotina ambiental, que ayudará de manera ostensible a los fumadores pasivos.


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