Lola Sancho Cabrera
A partir del año 2011 puede resultar difícil fumar, ya que
entrará en vigor la nueva ley antitabaco y con ella la prohibición de fumar en
locales cerrados.
Prohibición de fumar
Muchas son las personas que reiteradamente deciden dejar de
fumar e irremediablemente vuelven a consumir el terrible tabaco que, según
sanidad, les está quitando la vida.
Estos sujetos que tienen en mente durante mucho tiempo
abandonar el vicio de fumar sin conseguirlo, se están cuestionando si con la
ayuda de la nueva ley podrán hacerlo de una vez por todas, ya que al surgir más
inconvenientes, como parece que va a ser, pueden servirles como incentivo y
ayuda al abandono definitivo del vicio en cuestión.
Tabaco, salud y
protección a terceros en la nueva ley
La proposición de ley por la que se modifica la Ley 28/2005,
de 26 de diciembre de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de
la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del
tabaco, en su exposición de motivos dice lo siguiente:
“transcurridos más de cuatro años de aplicación de la ley es
patente….la necesidad de avanzar en la protección de la salud de los ciudadanos
ampliando la prohibición de fumar a espacios públicos cerrados y colectivos.”
Más adelante destaca el beneficio que conllevará esta nueva
ley, especialmente, a dos grupos de población.
“…Por un lado, el de menores, grupo especialmente sensible
de población que está expuesto al humo del tabaco en los lugares públicos
cerrados. Por otro lado, el de trabajadores del sector de la hostelería
que…están expuestos al humo de tabaco ajeno. Esto provoca una situación de
agravio a estos trabajadores que es preciso corregir…”
El tabaco, principal
causa de enfermedad y muerte evitable
Según la Organización Mundial de la Salud el tabaco es la
primera causa de invalidez y muerte prematura del mundo, y concretamente en
Europa el tabaquismo provoca cada año 1,2 millones de muertes.
La Agencia Internacional de Investigación sobre el Cáncer,
dice que entre los carcinógenos presentes en el humo ambiental, están las
nitrosaminas, el alquitrán o los benzopirenos, además de arsénico, cadmio,
cloruro de vinilo, cromo y otros más.
Asimismo, ha declarado que el humo ambiental del tabaco es
un agente cancerígeno y el principal contaminante de los espacios cerrados.
Por su parte, la Asociación Española Contra el Cáncer
informa que 4.000.000 de personas mueren cada año por fumar. Además indica que
el tabaco es una droga que produce más dependencia en quien la consume que la
heroína o la cocaína, y que disminuye tanto la calidad, como la cantidad de
vida. Concretamente, el 50% de las personas que fuman morirán como consecuencia
del tabaco.
En relación al tabaquismo pasivo dice que no es solo un
problema de convivencia, ya que el riesgo de padecer cáncer broncopulmonar se
incrementa en un 35% en los fumadores pasivos.
Niños y el humo
ambiental del tabaco
Según una noticia publicada en la página web de la Fundació
RogerTomé, en mayo de 2010, se dice que la OMS considera que la exposición
involuntaria y dañina que sufren los niños por la exposición pasiva al humo de
tabaco ambiental, puede ser considerada como una violación de los derechos
recogidos en la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño.
En lo concerniente a España la prevalencia de tabaquismo
pasivo en los niños es superior al 50%.
Nueva ley antitabaco
para 2011 en España, diferencias con la anterior
El objetivo
fundamental de la propuesta de reforma es ampliar la prohibición total de fumar
en todos los espacios públicos cerrados, aunque se mantendrá la posibilidad de
fumar en espacios públicos abiertos, como terrazas o estadios deportivos. En lo
que respecta al articulado recoge, entre otros, los siguientes cambios:
•Se añade un nuevo
apartado 7 al artículo 3. Que habla de las condiciones de etiquetado y
contenidos de los productos del tabaco.
•Se modifica el primer párrafo del apartado b del artículo
4. Que se refiere a la ubicación de las máquinas expendedoras de productos del
tabaco. Especificando que solo podrán ubicarse en el interior de quioscos de
prensa situados en la vía pública o en el interior de locales, centros o
establecimientos en los que no esté prohibido fumar y en los locales
específicos de venta de prensa con acceso directo a la vía pública, entre
otros.
•El artículo 6 queda redactado de esta forma: “El consumo de
productos del tabaco deberá hacerse exclusivamente en aquellos lugares o
espacios en los que no esté prohibido”.
•En el artículo 7, que habla de los lugares en que existe la
prohibición de fumar, se añaden varios apartados que se refieren a: hoteles,
hostales, bares, restaurantes, salas de teatro y cine, entre otros. No
obstante, en el caso de los hoteles, dice en su artículo 8 que se podrán
reservar hasta un 30% de habitaciones para huéspedes fumadores.
•El artículo 20 que trata sobre las sanciones, cambia el
apartado 1 regulando unas multas que van desde los 30 euros hasta 600 euros, en
el caso de las infracciones leves; 601 euros hasta 10.000 euros, las graves, y
desde 10.001 euros a 600.000 euros las muy graves.
Según noticia de elmundo.es, la mortalidad por tabaquismo se
redujo en España desde que existe la ley antitabaco y recoge las declaraciones
de un miembro de los coordinadores del grupo de trabajo sobre tabaquismo de la
SEE que declara:
“Estamos convencidos de que la ley ha ayudado a reducir la
mortalidad…”.
Así pues, parte de la sociedad, tanto fumadores como no,
están esperanzados en que la vigencia de la nueva ley, con el endurecimiento de
las prohibiciones de fumar, consiga descender el número de muertes por causa
del tabaco, entre otras cosas, por la posible ayuda a reforzar la voluntad de
abandonar el vicio, así como la reducción de niveles de nicotina ambiental, que
ayudará de manera ostensible a los fumadores pasivos.
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